Hechos Concretos
La Ley de Sociedades Anónimas exige Informes Especiales, entre otros, en los siguientes casos:
- Reducción de capital para restablecer el equilibrio.
- Reducción y aumento del capital simultaneo.
- Balance de fusión, escisión.
- Aportaciones no dinerarias.
- Valoración de las participaciones sociales.
- Aumento del capital por compensación de créditos.
- Aumento del capital con cargo a reservas, etc.