La Ley de Sociedades Anónimas exige Informes Especiales, entre otros, en los siguientes casos:

  • Reducción de capital para restablecer el equilibrio.
  • Reducción y aumento del capital simultaneo.
  • Balance de fusión, escisión.
  • Aportaciones no dinerarias.
  • Valoración de las participaciones sociales.
  • Aumento del capital por compensación de créditos.
  • Aumento del capital con cargo a reservas, etc.
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